Pedro FranckeSe ha abierto un debate a partir de un decreto del gobierno precisando los límites de la tercerización, lo que compromete a no menos de 130 mil trabajadores. La norma fue dada en febrero y se dio a las empresas seis meses para que se adecúen. Para la Confiep y quienes defienden este modelo neoliberal, es un atentado tremendo contra la inversión creadora de empleo. Sin embargo, el empleo formal privado ha crecido 7,3% en el último año, así que no se registra el efecto señalado.
En vez de repetir frases ideologizadas, analicemos en detalle el tema. Empecemos por la palabra tercerización, que para la mayoría no es de uso cotidiano. Se refiere a una estrategia empresarial consistente en que una serie de actividades que la compañía necesita realizar las contrata con otras empresas, “terceras” en el sentido que no son las directamente encargadas de la producción ni son sus trabajadores. Una empresa moderna depende de diversos productos y servicios para hacer viable su negocio. Una cafetería o restaurante bien puede comprar los postres en otro lado y alquilar un local en un centro comercial que se encargue de la seguridad y la limpieza. Una universidad puede contratar una empresa que atienda los comedores porque esa no es su especialización. Entendiendo eso, ¿sería razonable que en un restaurante se diga que quienes atienden a los clientes, registran el pedido y cobran, preparan la comida y la sirven, sean trabajadores de una empresa distinta, es decir tercerizados? ¿O podría ser razonable que yo, como profesor universitario, en realidad no sea contratado por la universidad sino por una “empresa especializada en proveer servicios de dictado de cursos en educación superior”? No, claro que no. En ambos casos estamos hablando de labores que son la esencia misma de los servicios brindados.
TERCERIZACIONES TRAMPOSAS
Hace unos años me dieron esta información: la empresa Pluspetrol, operadora del gas de Camisea, tenía en su planilla siempre entre 17 y 19 trabajadores, nunca veinte. ¿Raro, no? ¿Por qué? Porque hay un beneficio que tienen los trabajadores, consistente en que se les debe repartir una proporción (muy minoritaria) de las utilidades de la empresa. Pero esa obligación solo existe para empresas de veinte a más trabajadores. Era fácil deducir que la razón por la que esta empresa siempre tenía menos de veinte trabajadores era para eludir la ley y negar ese reparto de utilidades, para quedarse con la totalidad de las mismas. Pero para la explotación del gas de Camisea se necesitan más de veinte trabajadores. ¿Y entonces? Fácil: los demás trabajadores necesarios no estaban en la planilla de Pluspetrol sino contratados por una “empresa tercerizada”. De esa manera Pluspetrol Camisea registraba menos de 20 trabajadores y no repartía utilidades, quedándose los dueños capitalistas con mayores ganancias. Como si quien atiende una cafetería o un profesor universitario, realmente no fueran empleados directos sino terceros, usando el pretexto de un “servicio especializado”.
Este ejemplo es una muestra de una tercerización tramposa: su objetivo no es el mejor aprovechamiento de la especialización propia de nuestra época, es sacarle la vuelta a los derechos laborales establecidos por ley. Hay varias razones por las que esto conviene a las empresas. Una es la señalada respecto a las utilidades. Pero es un ejemplo algo extremo, no sucede así en muchas empresas que tienen más de veinte trabajadores propios y también muchos “tercerizados”. En la jerga del sector minero se les conoce como “contratas” y son más del doble que los trabajadores directamente contratados por la mina. En los últimos dos años, hay 20 mil trabajadores menos contratados por las empresas mineras y 90 mil más en contratas. Puede ser algo justificado en algunos casos, pero dudo que lo sea en todos. ¿Por qué? En primer lugar, tercerizar es una forma de debilitar a la organización de los trabajadores. Como con la tercerización en una sola mina hay varias empresas distintas, cada grupo de trabajadores debe tener un sindicato aparte, y si lo consiguen formar, deben presentar un pliego de reclamos y una negociación aparte, lo que hace mucho más difícil que se unan para contrapesar el poder empresarial. Así, si el sindicato de la empresa principal va a un paro, los “tercerizados” siguen trabajando y la presión sobre la empresa es mucho menor.
La responsabilidad frente al incumplimiento de la legislación laboral y frente a riesgos de seguridad es otra razón. A algunos trabajadores se les somete a contratos ilegales y se les pone como “prestadores de servicios” para no pagarles gratificaciones y CTS, o no se protege suficientemente su seguridad en el trabajo (recuerden el terrible accidente en un McDonald’s en el que murieron dos jóvenes). Pocos logran defender exitosamente sus derechos ante el poder judicial, pero si son trabajadores tercerizados, la empresa principal no asume el costo: lo asume la “empresa contratista”. Y si el reclamo es por una suma muy grande, simplemente no lo paga, quiebra y luego registra la empresa con un nuevo nombre. Eso le resultaría mucho más difícil de hacer a la empresa principal, porque es la titular de las concesiones, permisos y licencias que necesita para operar.
GRAN COSTO
Por estas razones, es necesario regular la tercerización e impedir que se abuse de ella. El decreto aprobado establece que el “núcleo” de la empresa no puede ser tercerizado. Como yo lo entiendo, el restaurante o café en un centro comercial sí puede encargar a otra empresa la seguridad y la limpieza, pero no la cocina ni la atención. Una universidad puede contratar con otra empresa un servicio de comedor, pero no uno de “clases especializadas”. Son ejemplos simples, mientras la realidad empresarial produce muchas cosas diferentes con formas de organización propias a cada sector que es necesario reconocer y regular adecuadamente. Simplemente señalar que no se puede tercerizar el “núcleo” de la empresa deja amplio lugar a interpretaciones, y cuando algo queda indefinido genera incertidumbre, da ventaja a los poderosos y abre espacio a la corrupción. Es necesario controlar los abusos antilaborales y antisindicales, pero manteniendo las ventajas reales de la especialización y basándose en una regulación transparente y clara.
No hay que perder de vista, sin embargo, el asunto de fondo: en nuestro país la sindicalización es muy baja, los trabajadores están muy desprotegidos, los salarios son reducidos y las ganancias empresariales son grandes. Mientras los ingresos por trabajo representan alrededor del 60% del PBI en los países desarrollados y se acercan a dicho valor incluso en algunos países de la región, en el Perú ahora apenas llegan a 30%. Los trabajadores mineros han perdido 26% de su poder adquisitivo los últimos dos años. La industria hoy produce 6 por ciento más por trabajador que en el 2019 pero sin aumentar salarios. A la base de esta situación está que el porcentaje de trabajadores sindicalizados en el sector privado es apenas 5 por ciento. Hay que ser claros, sin embargo, para entender que en este terreno hay un problema mucho mayor que la tercerización: más del 70 por ciento de trabajadores formales tienen contratos a plazo fijo, lo que en la práctica impide la sindicalización porque al que promueve la organización sindical, simplemente no le renuevan el contrato, y eso sí que requiere una reforma urgente.
El aporte de los trabajadores a la creación de la riqueza es obviado por la derecha pro-empresarial, como si no fuéramos parte indispensable de cualquier empresa o institución. Es necesario insistir en que la creación de valor se produce mediante la colaboración de las empresas privadas con el Estado y los trabajadores. Debe haber mayor justicia en la distribución del ingreso y para ello la ley debe resguardar los derechos de los trabajadores.
Fuente: Hildebrandt en sus trece, Ed 606 año 13, del 07/10/2022, p20
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