Pedro Francke
"Mejor economía requiere más democracia y mejor gestión pública, y esos principios orientadores deben estar en nuestra Constitución"
Aclaremos algo de entrada: el “capítulo económico” de la Constitución NO puede discutirse al margen del resto de la misma, por tres razones. Una, porque las disposiciones económicas tienen que estar en función de las visiones que tenemos del país y nuestros objetivos sociales. Dos, porque el arreglo de poderes impacta directamente en el manejo económico. Tres, porque la economía depende también de lo que suceda con la educación, la salud, el ambiente, la seguridad ciudadana y social, y la equidad y la justicia. Para los expertos constitucionalistas un principio básico es que las constituciones deben analizarse integralmente y no por pedacitos.
Hay otro asunto a aclarar: ¿de qué Constitución estamos hablando? Tuvimos la Constitución de 1993, hecha en dictadura y aprobada con fraude. Pero hubo un cambio SUSTANCIAL entre 2021 y 2023 por parte del Congreso y el Tribunal Constitucional (TC), que rompieron el equilibrio de poderes con la vacancia presidencial express e impidiendo de facto que un presidente llame a nuevas elecciones tras disolver un Congreso obstruccionista. Lo hicieron violando la misma Constitución que tanto dijeron defender. Además, en contra de la voluntad manifiesta del pueblo votada en referéndum, establecieron un Senado oligárquico e hiperpotente. Esta nueva estructura de poder tiene un profundo efecto económico. El que se haya impuesto un Congreso sin control convertido en el centro único del poder, le ha permitido nombrar un TC servil que le ha otorgado iniciativa de gasto en contra de la letra expresa de la Constitución. El déficit fiscal sin control es hijo del parlamentarismo mafioso sin control. Frente a eso, la ley del Congreso y las decisiones del TC que rompieron el equilibrio de poderes deben ser revertidas mediante disposiciones constitucionales más precisas y el Senado debe ser eliminado.
Vayamos ahora a la orientación principal de la Constitución. “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”, dice el artículo primero. Eso está bien, pero ¿se debe dejar totalmente de lado el cuidado de la naturaleza y los demás seres vivos, la justicia y equidad, la cultura, la vida en comunidad y los bienes comunes? Esto atañe al orden fundamental que nos damos con la Constitución y que orienta a su vez la cuestión económica. La persona humana no está aislada de la sociedad ni del ambiente en que vivimos. El objetivo general de la economía debe establecerse como orientado al Buen Vivir con equidad, procurando pleno empleo y que las regiones postergadas y con menor bienestar del país sean priorizadas en su desarrollo.
Veamos ahora temas específicos. Hoy que enfrentamos una crisis de inseguridad, hay en el primer artículo de la Constitución otra cuestión a cambiar: el secreto bancario y la reserva tributaria. Lamentablemente, tras estos preceptos se han escudado los corruptos y las bandas criminales para mantener escondidos el dinero producto de sus robos y extorsiones. Eso frena considerablemente la lucha contra la inseguridad ciudadana. El respeto a la privacidad de los datos personales no puede ser pretexto para refugio de criminales y los fiscales deben poder tener acceso cuando las investigaciones lo requieren. Sigrid Bazán ya ha presentado un proyecto de reforma constitucional al respecto y eso está muy bien. Por otro lado, ¿no tenemos los ciudadanos el derecho a saber cuánto dinero tenían y cuánto han acumulado Dina Boluarte y Rafael López Aliaga mientras estuvieron en el poder? A menudo hemos visto reportajes que indican que candidatos, ministros y congresistas han mentido, ocultando sus riquezas, sin mayores consecuencias. Que la Constitución permita acceder a la información económica de delincuentes para luchar contra el crimen y la corrupción no es un detalle menor.
Sobre los aspectos referidos al manejo económico, pienso en algunos cambios importantes. Debe eliminarse el artículo que dice que un inversionista extranjero tiene los mismos derechos que uno peruano, disposición que no existe en ninguna Constitución de otro país americano y que hoy en el mundo las políticas de Estados Unidos, China, Europa y muchos otros países contravienen directa y explícitamente. Hay, además, varias definiciones que debieran ser parte de la Constitución por su importancia. El crecimiento económico debe ser sostenible ambientalmente. No puede hacerse a costa de deterioros ambientales que los pagarán futuras generaciones. Se debe mitigar y enfrentar el cambio climático. La enorme desigualdad e inequidad persistente y el racismo y el machismo no pueden seguir siendo ignorados. La corrupción y el lobismo mañoso deben ser señalados como males nacionales a ser combatidos con fuerza. Debemos tener una política de diversificación económica, industrialización y desarrollo tecnológico como parte de un plan nacional de desarrollo. Las cooperativas, comunidades y pequeñas empresas deben merecer un reconocimiento especial, así como el rol de la pequeña agricultura familiar en la seguridad alimentaria.
Hay, desde luego, temas importantes a mantener y profundizar en la Constitución, en especial las referidas a la estabilidad macroeconómica y el control de la inflación. Hay que defender la autonomía del Banco Central de Reserva y fortalecer la sostenibilidad fiscal, impidiendo que el Congreso apruebe exoneraciones tributarias contra la opinión del Ministerio de Economía.
Finalmente, hay definiciones claves sobre la democracia. No podremos romper con el dominio de los monopolios y grandes grupos de poder económico si no es dando poder al pueblo, y por eso la Constitución debe facilitar que se hagan referéndums sobre decisiones fundamentales tras un proceso amplio de deliberación. Junto a una meritocracia consolidada, eso fortalecerá la democracia y promoverá políticas económicas orientadas al bienestar de las mayorías y no reproductoras de desigualdad y exclusión. Mejor economía requiere más democracia y mejor gestión pública, y esos principios orientadores deben estar en nuestra Constitución.
27-11-2025
Fuente: Hildebrandt en sus trece, Ed 760 año 16, del 28/11/2025
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