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26 de noviembre de 2025

Que sepa coser, que sepa bordar

Patricia del Río

¿Será que a este paso las mujeres perderemos el derecho a votar?

A las mujeres, las cosas nunca se nos han dado fáciles. Cada conquista por nuestros derechos ha implicado movilizaciones, largas batallas y extenuantes campañas para convencer primero al Estado, y a la Iglesia después, de que tenemos derechos que deben ser reconocidos y respetados. El derecho al voto, por ejemplo, lo obtuvimos después de casi un siglo de lucha: los movimientos sufragistas se iniciaron en Estados Unidos en 1848, y no fue hasta 1956 que las mujeres pudimos votar por primera vez en el Perú. Desde la década del 60 se distribuyen píldoras anticonceptivas y la Iglesia todavía considera que su uso es pecado. Ni qué decir de la píldora del día siguiente, cuya aprobación y distribución gratuita por parte del Estado siguen siempre en riesgo.

Lo mismo ocurre hoy con avances como la tipificación del delito de feminicidio, el uso del lenguaje inclusivo o la necesidad de contar con ministerios dedicados a velar por los derechos de las mujeres. El argumento que suele emplearse para dar marcha atrás es que, gracias al feminismo, las mujeres gozamos ahora de un “trato preferente”. Se nos acusa de exigir puestos laborales “solo por ser mujeres”, se nos enrostra que los ministerios de la mujer discriminan a los hombres, se nos machaca con que “la violencia es una” y que “da igual” que maten a un hombre o a una mujer. Y así se pretende invisibilizar la inmensa cantidad de situaciones de peligro, abuso e injusticia que seguimos soportando en el Perú y en el mundo.

Tal vez lo más monstruoso de esta nueva realidad es que, mientras se retrocede escandalosamente en conquistas ya adquiridas, se avanza a pasos agigantados en nuevas formas de violencia y discriminación. ¿Cómo pueden presidentes como Milei o Trump afirmar que las mujeres no necesitan protecciones adicionales cuando hemos sido testigos, en Francia, del juicio en el que Michelle Pellicott enfrentó a más de cincuenta hombres que la violaron repetidamente, facilitados por su propio marido, quien la drogaba para prostituirla? ¿Cómo se puede seguir argumentando que gozamos de privilegios que no nos corresponden cuando en Italia se acaba de abrir una investigación contra más de 32 mil miembros de un grupo de Facebook donde hombres compartían fotos de sus esposas, hermanas, primas o exparejas desnudas, duchándose o vistiéndose? Fotos tomadas sin su permiso, acompañadas de títulos como “Esta es mi esposa, ¿qué le harían?”, “¿Qué les parece mi mujer? Quiero verla con otro hombre” o “A mi mujer le gusta andar así cuando llegan mis amigos, miren qué buena está”. Y lo mismo ha ocurrido con grupos de Telegram cerrados recientemente en China, Portugal y Argentina.

Con las redes sociales y la hiperconectividad, el espacio de socialización se agranda y con él aumentan las oportunidades para  que la mujer sea vulnerable. Pero, en lugar de legislar para sancionar estas nuevas formas de violencia, los congresos de muchos países —capturados por posiciones conservadoras— avanzan en dirección contraria. Actualmente, en Estados Unidos existe un grupo bastante activo cuyo lema es “Repeal the 19th” —aludiendo a la enmienda 19 a su Constitución—, que propone quitarles a las mujeres el derecho al voto. El argumento: que somos “demasiado emocionales” y que nos dejamos seducir por “retóricas melosas” como la de Zohran Mamdani, recientemente elegido alcalde de Nueva York con amplio apoyo del electorado femenino.

Y, para completar este breve cuadro de los peligros que enfrentamos, Internet se está llenando de influencers que habitan Instagram y TikTok y se autodenominan tradwives. ¿Qué significa esto? Son chicas, mujeres jóvenes y hasta adolescentes que ensalzan los valores de la esposa tradicional; valores que no son malos en sí, pero que son enclaustrantes si se les toma como única aspiración. Para ellas no es importante estudiar, tener una carrera ni trabajar fuera de casa. Lo suyo son los delantales, las recetas caseras y los consejos maternales y conyugales. En España, la influencer Roro —con 2.5 millones de seguidores— se encarga de todas las necesidades culinarias y domésticas de su novio: desde prepararle espaguetis caseros con pesto a la genovesa, hasta encuadernarle un libro hecho por ella misma. En Estados Unidos e Inglaterra, referentes del movimiento como Ayla Stewart o Estee Williams difunden mensajes idénticos para millones de seguidoras.

Resulta increíble lo poco que cuesta desandar lo avanzado. Hace menos de ocho años, las mujeres nos organizábamos para salir masivamente a reclamar nuestros derechos, como ocurrió con las marchas mundiales del Me Too; hoy, en cambio, corremos el riesgo de convertirnos en personajes de novelas distópicas como El cuento de la criada.

Fuente: https://jugo.pe/retrocesos-derechos-mujeres/

8 de marzo de 2024

Perú: Emergencia crónica

Ronald Gamarra

Una paradoja cruel de la vida peruana es la situación de la mujer. Nuestro país muestra un cuadro de calamidad en cuanto al respeto a sus derechos fundamentales, con índices de violencia contra ellas que se encuentran entre los peores del mundo, y con un nivel de impunidad simplemente brutal. Sin embargo, en lugar de reconocer esta realidad y combatirla activamente, hay un poderoso lobby de fanáticos y ultraconservadores que está imponiendo a toda escala medidas cuyo objetivo es hacer invisible este hecho tangible e indignante para quien tenga ojos de ver.

El Perú no es un lugar seguro y propicio para la existencia y realización de las mujeres. Aquí la violencia contra la mujer y la niña es uno de nuestros peores flagelos y se padece en todo estrato económico y social. Ninguna mujer, ninguna niña, está a salvo de sufrir alguna forma de atropello y ultraje, tal es la triste y dolorosa verdad que nos agobia y duele. Desde el “piropeo” agresivo y obsceno, tan habitual en nuestras calles, pasando por un creciente irrespeto, patanería y horror, hasta llegar al crimen, nuestra sociedad no le ofrece ni le garantiza a ninguna mujer o niña que podrá vivir con un mínimo de paz y seguridad. Finalmente, todas están expuestas.

La situación de la mujer es de emergencia crónica. En los primeros 45 días de este año, no menos de 24 mujeres han sido asesinadas, una cada dos días. A este ritmo, se superarán largamente los 165 feminicidios registrados el año pasado y los 147 casos del 2022. Según la encuesta ENDES, el 54,9% de las mujeres peruanas ha sido víctima de diversas formas de violencia física, psicológica o sexual, es decir una de cada dos mujeres. El año pasado se registraron más de 320 mil casos de violencia contra las mujeres en las diversas oficinas del Ministerio de la Mujer a nivel nacional.

La violencia sexual contra las mujeres en nuestro país es una de las más altas del mundo, lo cual debe llenarnos de vergüenza. Somos un país de violadores, aunque la frase incomode a más de uno y genere el griterío de muchos. La impunidad de tales delitos sexuales es también casi absoluta: muy pocos casos terminan en una sentencia condenatoria contra el agresor. El sistema jurídico y administrativo no protege ni asiste debidamente a las mujeres víctimas de estos ataques, más bien propicia la revictimización de la mujer que intenta obtener justicia. Alrededor de 20 mil mujeres son violadas cada año, según los registros oficiales.

Un capítulo horroroso es la violencia sexual contra las niñas y adolescentes. Según UNICEF, entre los años 2017 y 2022 se registraron casi 75 mil casos de violencia sexual contra niñas y adolescentes en el Perú, es decir, mujeres menores de 18 años. Es decir, un promedio de 34 casos diarios y 12 mil casos anuales. En vez de bajar, la cifra se ha ido incrementando y en el año 2023 se disparó hacia los 20 mil casos de violencia sexual infantil en sus diversas formas, de los cuales unos 6 mil casos son estrictamente de violación sexual. En promedio, una de cada tres víctimas de violación sexual es una niña menor de 14 años. Esta es la terrible realidad en que viven las niñas peruanas.

Como consecuencia de la violencia sexual contra las niñas, cada año más de 1,600 niñas de 10 a 14 años de edad se convierten en madres. Peor aún, en los últimos diez años unas 100 niñas menores de 10 años fueron violadas, resultaron embarazadas y fueron obligadas a convertirse en madres. En el último año, varios casos de maternidad infantil se hicieron conocidos porque en las sedes del Ministerio de Salud se les negaba a las niñas el derecho al aborto terapéutico y literalmente se las obligaba a experimentar un embarazo y maternidad nocivos a su edad, que las pone en grave riesgo de muerte.

Hay que tener presente que todas estas cifras adolecen de subregistro. Sólo nos dan una aproximación al problema de la violencia contra las mujeres y las niñas y nos indican claramente que es enorme, abrumador e inadmisible. Todos sabemos que la mayor parte de casos no se denuncian por vergüenza, temor o desconfianza ante la ineficacia de la justicia. Los victimarios son con frecuencia el esposo, el enamorado, el amante o el explotador, hombres que se arrogan una suerte de “derecho de propiedad” sobre la mujer, que les pertenece a ellos o a nadie, rasgo típico de un arraigado y nocivo machismo.

Esta es la realidad cruda y terrible de la violencia contra la mujer en el Perú, que los fanáticos y ultraconservadores quieren negar e invisibilizar, como se ha hecho históricamente entre nosotros. Esta es la realidad que por fin se ha hecho pública desde hace solo algunos años gracias a la aplicación del enfoque de género a partir de las investigaciones de las ciencias sociales y el derecho. Enfoque de género que esos fanáticos y ultraconservadores quieren abolir y desterrar para que las cosas sigan como en los buenos viejos tiempos del patriarcado, cuando las mujeres debían depender de un hombre en todo y no podían ejercer sus derechos con autonomía.

Este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, encuentra a las mujeres peruanas bajo el fuego nutrido de los enemigos de sus derechos y hasta de su mera presencia. Es así que, actualmente, se tramita en el Congreso una iniciativa legal para cambiar el nombre del Ministerio de la Mujer por el de “Ministerio de la Familia”. No quieren saber ni en pintura de las mujeres y sus derechos. El cambio de nombre, a primera vista, puede parecer irrelevante, pero sería ingenuo creerlo. Pues detrás hay toda una ofensiva reaccionaria y machista en marcha, cuyo objetivo es hacer tabla rasa de los avances de las mujeres en sus derechos. Por eso, mejor hacerlas invisibles.

El cambio de nombre, declarado de “interés nacional” en el proyecto de ley, ha sido aprobado en la comisión de la mujer del congreso por nueve votos, uno en contra y tres abstenciones. La comisión de la mujer ha sido copada expresamente por las fuerzas antiderechos. De sus 26 integrantes, 11 son fujimoristas, que tienen la sartén por el mango unidos a 2 porkistas y a la servidumbre de 4 cerronistas, a los que se suman los abstencionistas y los que no asisten, que es otro modo de apoyar a los antiderechos. Llama la atención que solo una congresista votase en contra. El proyecto lo presenta Renovación Popular.

Fuente: Hildebrandt en sus trece, Ed 676 año 14, del 08/03/2024

https://www.hildebrandtensustrece.com/

24 de noviembre de 2023

La violencia feminicida martiriza a América Latina

Inter Press Service

Al menos 4050 mujeres murieron víctimas de feminicidio el año pasado en la región, informó el Observatorio de Igualdad de Género de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), en vísperas del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, este sábado 25.

“No nos cansaremos de repetirlo: es inaceptable que más de 4000 mujeres y niñas sean asesinadas cada año en nuestros países por razones de género”, afirmó el secretario ejecutivo de la Cepal, José Manuel Salazar-Xirinachs, al presentar el reporte del Observatorio.

La violencia feminicida “se mantiene en la región, a pesar de la mayor conciencia pública al respecto, de los avances legislativos, de la respuesta estatal y de los progresos en medición”, indica el informe.

En 2021 se constató la muerte violenta por razones de género de 4473 mujeres, y el año precedente de 4091, es decir, en la región cada dos horas una mujer es asesinada.

De los 19 países y territorios de América Latina que informaron el número de feminicidios en 2022, las tasas más altas se registraron en Honduras (6,0 por cada 100 000 mujeres), República Dominicana (2,9) y El Salvador y Uruguay (1,6).

Las más bajas (es decir, menos de una víctima por cada 100 000 mujeres) correspondieron a Puerto Rico y Perú (0,9), Colombia (0,8), Costa Rica (0,7), Nicaragua (0,5), Chile (0,4) y Cuba (0,3).

En el Caribe, 46 mujeres fueron víctimas de violencia letal de género en siete países y territorios que entregaron información correspondiente a 2022. El mayor número de casos se dio en Trinidad y Tobago (43).

Más de 70 % de las víctimas de feminicidio en 2022 tenían entre 15 y 44 años, de acuerdo con la información entregada por ocho países de América Latina. Cuatro por ciento tenían menos de 15 años y ocho por ciento 60 años y más.

En siete países al menos 400 niñas, niños, adolescentes y otras personas dependientes perdieron a su madre o cuidadora a causa de feminicidio en 2022. Y solo ocho países han generado medidas de reparación concretas para apoyar a personas dependientes de víctimas de feminicidio.

El informe de la Cepal reitera que el feminicidio, también llamado femicidio en algunas leyes nacionales, es solo la expresión extrema de la desigualdad, la discriminación y las múltiples formas de violencia contra las mujeres y las niñas.

Por ejemplo, de acuerdo con encuestas nacionales especializadas de 10 países de la región, entre 42 % y 79 % de las mujeres (alrededor de dos de cada tres) han sido víctimas de violencia por razón de género en distintos ámbitos.

Además, en promedio, una de cada tres mujeres ha sido víctima o vive violencia física y/o sexual por un perpetrador que era o es su pareja, lo que conlleva el riesgo de la violencia letal, según la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Ese cálculo corresponde a 88 millones de mujeres mayores de 15 años en América Latina y el Caribe.

A su vez, los matrimonios y uniones infantiles, tempranos y forzados, son una práctica nociva y una manifestación de violencia de género persistente y extendida en la región, que afecta a una de cada cinco niñas.

Salazar-Xirinachs expuso que “la violencia feminicida se puede prevenir con respuestas estatales integrales y contundentes. Se necesitan con urgencia transformaciones profundas para garantizar que las mujeres y las niñas de nuestra región puedan vivir vidas libres de violencia”.

El documento de la Cepal recordó que en el Compromiso de Buenos Aires, de 2022 –adoptado en la 15 Conferencia Regional sobre la Mujer, un foro de las Naciones Unidas- se abordó el tema de la violencia contra la mujer, en el camino de avanzar hacia la sociedad del cuidado.

Allí los países de la región acordaron “impulsar la adopción e implementación de leyes, políticas, planes de acción integrales y multisectoriales, y programas educativos de sensibilización” ante todas las formas de violencia y discriminación por razón de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas.

Finalmente, la Cepal instó a los gobiernos a mejorar los sistemas de registro e información; a aumentar los recursos presupuestarios para responder a las víctimas y sobrevivientes; y a invertir en prevención, acceso a servicios médicos, psicosociales y de asistencia jurídica, y en oportunidades educativas, económicas y laborales.

https://ipsnoticias.net/2023/11/la-violencia-feminicida-martiriza-a-america-latina/#utm_source=email_marketing&utm_admin=146128&utm_medium=email&utm_campaign=A_Amrica_Latina_le_falta_mucho_camino_para_eliminar_la_violencia_de_gnero_Extrema_derecha_de_bases_s

16 de julio de 2022

Perú: Alto a la violencia contra la mujer

Raúl Allain

A pesar de las diversas y permanentes campañas en contra de la violencia contra la mujer y el feminicidio, el problema persiste y es uno de los más graves en nuestra sociedad actual, junto con la corrupción de funcionarios, la delincuencia y el crimen organizado y la violencia familiar.

En documentos publicados por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (https://www.mimp.gob.pe) y el Observatorio contra la Violencia (https://observatorioviolencia.pe) se han expuesto una serie de conceptos fundamentales y principios para comprender que estamos ante un gravísimo problema social de alcances que van hacia el ámbito judicial, penal y criminalístico, especialmente en el caso de los feminicidios.

En este artículo citaré plenamente a documentos emitidos por las instituciones mencionadas, por la claridad y contundencia de sus exposiciones.

Se entiende por violencia contra la mujer “Cualquier acción o conducta que, basada en su condición de género, cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”. Además, “Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica: dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual”.

Además se incluye la violencia tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar. Asimismo la “que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra”.

La violencia hacia las mujeres, independiente del espacio en que se produzca, tiene graves efectos a nivel individual y social. En el primer caso, ocasiona serios daños físicos y psicológicos, que incluso pueden acabar con la vida de las mujeres. Las sobrevivientes suelen padecer a lo largo de toda su vida trastornos emocionales, problemas de salud mental e incluso limitaciones para disfrutar de una vida sexual sana y satisfactoria.

En el caso de las mujeres víctimas de abuso sexual, corren mayor riesgo de infectarse con el VIH. En el ámbito social, la violencia contra las mujeres impacta negativamente en las posibilidades de desarrollo de una comunidad y constituye un obstáculo para salir de la pobreza, ya que disminuye capacidades, genera gastos debido a la atención que se demanda en salud, seguridad y tutela judicial; y ocasiona pérdidas en el PBI nacional por las inasistencias laborales y la baja productividad de sus víctimas, quienes mayoritariamente se ubican en el segmento etario que corresponde a la población económicamente activa.

En general, la violencia contra las mujeres termina quebrando a las familias como espacio de protección y descapitalizando a la sociedad en su conjunto. En el caso de las mujeres indígenas, afrodescendientes y campesinas, se pueden identificar mayores factores de riesgo, de indefensión o de bajo acceso a la cobertura estatal de servicios, por lo que hay necesidad de una doble especificidad de derechos. Si bien es cierto, hoy las mujeres indígenas y afrodescendientes reivindican su derecho a la diferencia cultural, también demandan el derecho a cambiar aquellas tradiciones que las oprimen o excluyen. (https://tinyurl.com/bdfczprp)

En el informe presentado ante la Asamblea General en el 2011 por la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas, se señaló que “En todo el mundo la violencia contra la mujer es un fenómeno persistente, generalizado e inaceptable (…). Ya sea en épocas de conflicto o posteriores a este o de presunta paz, las diversas formas y manifestaciones de la violencia contra la mujer son simultáneamente causas y consecuencias de discriminación, desigualdad y opresión” (Manjoo, 2011).

Existen distintas expresiones de la violencia hacia las mujeres. Entre ellas se encuentran las siguientes:

1. Violencia física y psicológica contra la mujer en la relación de pareja

La violencia física es “la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación” (artículo 8 Ley 30364, inciso a). Este tipo de violencia es la más denunciada, precisamente por ser la más visible.

La violencia psicológica, que por lo general acompaña a las otras formas de violencia y que también tiene como base la desigualdad de género, es definida en la Ley N.º 30364 como “la acción o conducta tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla o avergonzarla y que puede ocasionar daños psíquicos. Daño psíquico es la afectación o alteración de algunas de las funciones mentales o capacidades de la persona, producida por un hecho o un conjunto de situaciones de violencia, que determina un menoscabo temporal o permanente, reversible o irreversible del funcionamiento integral previo” (artículo 8 Ley 30364, inciso b).

Incluye varias formas de afectación tales como amenazas, insultos relacionados con el aspecto físico de la persona, con su inteligencia, con sus capacidades como trabajadora, con su calidad como madre, esposa o ama de casa; humillaciones de todo tipo, desprecio, desvalorización de su trabajo o de sus opiniones.

Incluye, además, el afán insistente de saber a dónde van las mujeres, los celos, así como la acusación de infidelidad, la prohibición a la mujer de trabajar fuera de su casa, de estudiar, de maquillarse y arreglarse (Red de Defensorías de Mujeres, 2010), el impedimento de visitar o de que la visiten sus amistades, la amenaza de abandono o de privarla de sus hijos, la indiferencia o el silencio y en general todas aquellas acciones que provocan sentimientos de miedo o culpa en la víctima y que incrementan el nivel de control y de dominación que ejerce sobre ella el agresor, reforzando el patrón de género existente (machismo). Este tipo de violencia causa un grave impacto en la autoestima y el proyecto de vida de las mujeres, menoscaba sus aspiraciones y su afirmación como ser humano (MIMDES, 2009).

2. Feminicidio

El feminicidio se define como el asesinato de las mujeres perpetrado por los hombres por el solo hecho de ser mujeres y que tiene como base la discriminación de género. En realidad, debe ser visto como el último capítulo en la vida de muchas mujeres, marcada por un “continuum de violencia y terror” (Defensoría del Pueblo, 2010). Es producto del fracaso de los intentos de someter y controlar a las mujeres. Expresa la necesidad de eliminar, en forma definitiva, la capacidad de las mujeres de convertirse en sujetos autónomos. A menudo, los medios presentan el asesinato de mujeres como “crímenes pasionales”, lo cual desvirtúa su carácter y contribuye a reforzar los estereotipos que ubican a las mujeres en una posición de subordinación y desvalorización frente a los varones.

El feminicidio es la más grave manifestación de la violencia basada en género y es un fenómeno bastante extendido, que va aumentando sistemáticamente en el país y en la región. Siete países de América Latina lo han tipificado como delito, lo cual tiene ventajas, ya que facilita que en la investigación y en el proceso judicial se consideren factores y variables distintos a los que se toman en cuenta cuando se aborda un homicidio y que responden a la especificidad de este delito. Asimismo, hace posible que se visibilice el trasfondo de género que hay detrás de estos delitos y que se identifique a las mujeres como sujetas de protección, entre otras ventajas.

3. Violencia sexual

La violencia sexual sigue siendo una de las modalidades menos denunciadas y con más problemas de acceso a la justicia. Puede darse tanto en el espacio privado como en el público, en tiempos de paz o de conflicto armado y más aún puede constituirse en delito de lesa humanidad cuando es perpetrado de forma sistemática contra las mujeres de una nación o grupo étnico, como forma de humillar a los varones vencidos y dar una prueba de hegemonía (Defensoría del Pueblo, 2011). Por sus características, la violencia sexual se constituye en un verdadero indicador de las desigualdades de género en todos los ámbitos de la vida social, que limitan el ejercicio de derechos de las mujeres.

La violencia sexual abarca una gran diversidad de situaciones contra la integridad sexual de la persona, que tienen como base la desigualdad de género, y en la cual intervienen además otros determinantes. En la Ley 30364, se señala que la violencia sexual se refiere a “acciones de naturaleza sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Incluyen actos que no involucran penetración o contacto físico alguno”.  

Asimismo, se consideran tales la exposición a material pornográfico y que vulneran el derecho de las personas a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación (artículo 8, inciso c).

Como es recogido en la Ley aprobada, y de acuerdo con la jurisprudencia internacional y en concordancia con las reglas de procedimiento provenientes de la Corte Penal Internacional, no es preciso que haya penetración para que se configure un caso de violencia sexual. Basta con que haya abuso de naturaleza sexual que afecte la integridad moral y física de una persona y su dignidad, ejercido a través de coerción, amenaza o intimidación.

4. Violencia en el trabajo

El problema de fondo de la violencia en el trabajo remite a la persistencia de una división sexual del trabajo tradicional marcada por consideraciones de género y que asigna mayor valoración y reconocimiento al trabajo que realizan los varones en el mundo social y no reconoce y valora adecuadamente el trabajo no remunerado que han desempeñado las mujeres de todas las edades en el hogar a lo largo de la historia. Este trabajo de las mujeres ha sido y es un trabajo dedicado al cuidado de los suyos, trabajo sin el cual ninguna persona podría estar en posición de participar en la vida social.

Al entrar las mujeres al mercado laboral, lo hacen con la marca de esta división sexual del trabajo. Por eso, pese a que su participación sigue aumentando, es una participación en desventaja, pues la mayoría de ellas ocupan los puestos más precarios y con menor reconocimiento social, y las más bajas remuneraciones del mercado, sin acceder a los beneficios del sistema de seguridad y protección social existente, que también responden a dicha división del trabajo y manteniendo la responsabilidad del trabajo de cuidado en el hogar.

Esta desigualdad de género se manifiesta también a través de formas más violentas en el ambiente laboral, que son vivo reflejo de las relaciones de poder asimétricas existentes entre hombres y mujeres: “La violencia de género en el trabajo es un hecho cotidiano que se expresa en las relaciones laborales y en las relaciones entre los sexos en el ambiente laboral, pero que no es suficientemente reconocido como transgresión, con fuerte tendencia a la banalización o normalización de los hechos; y, sus consecuencias en la integridad física y psicológica de la víctima, no son atribuidos a la causa generadora” (Acevedo et al., 2009, p.165).  

Una de las modalidades más visibles en que se presenta esta violencia basada en género en el trabajo es el hostigamiento sexual, que refleja este patrón de dominación de género que se dirige de manera particular en contra de las mujeres.

El Reglamento de la Ley N.º 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, define el hostigamiento como una conducta de naturaleza sexual u otros comportamientos de connotación sexual, no deseados o rechazados por la persona contra la cual se dirige y que afectan su dignidad. No es casual que la gran mayoría de víctimas sean mujeres y los perpetradores sean varones, pues es una expresión más de la dominación y sometimiento que proviene del sistema de género imperante.

5. Acoso sexual en espacios públicos

Esta modalidad de violencia, “ocurre cuando uno o más hombres extraños acosan a una o más mujeres… en un lugar público que no es el lugar de trabajo de la mujer. A través de miradas, palabras o gestos, el hombre afirma su derecho a entrometerse en la atención de la mujer, definiéndola como un objeto sexual y obligándola a interactuar con él” (Di Leonardo, 1981).

De acuerdo con lo establecido en el Artículo N.º 4 de la Ley N.º 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, “El acoso sexual en espacios públicos es la conducta física o verbal de naturaleza o connotación sexual realizada por una o más personas en contra de otra u otras, quienes no desean o rechazan estas conductas por considerar que afectan su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, la integridad y el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos”.

Comprende una amplia gama de prácticas tales como actos de naturaleza sexual, verbal o gestual; comentarios e insinuaciones de carácter sexual; gestos obscenos que resulten insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos; tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo o masturbación en el transporte o lugares públicos y exhibicionismo o mostrar los genitales en el transporte o lugares públicos.

Es un problema no visible e incluso “naturalizado”, por tanto, no se tienen cifras para evidenciar la dimensión que tiene en la actualidad. El Instituto de Sondeo de la PUCP en conjunto con el “Observatorio Virtual de Paremos el Acoso Callejero” exploró este fenómeno mediante la aplicación de una encuesta en la cual se evidenció que el 38.3% por ciento de mujeres manifestó haber recibido silbidos en la calle en los últimos seis meses, 23% gestos vulgares y el 15% roces incómodos en el transporte público y/o espacios congestionados, entre otras manifestaciones.

Se trata de una práctica perniciosa que no ha recibido la debida atención y que busca ratificar la masculinidad y el dominio de los hombres del espacio público, dentro del cual se considera al cuerpo de la mujer, y que daña la autoestima de las mujeres, restringe su movilidad geográfica y sabotea el intento de controlar sus propias vidas públicas.

6. Trata de personas

La trata de mujeres y de niñas, niños y adolescentes debe ser reconocida como la esclavitud del siglo XXI, dado que implica pérdida de la libertad, de la dignidad y de la identidad de la persona afectada, que estando en esa situación, ve imposibilitado el ejercicio de sus derechos más fundamentales y queda sometida a trabajo forzado o al servicio de otros en condiciones infrahumanas y bajo amenaza de su integridad y de su vida.

El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que

complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocido como Protocolo de Palermo, define la trata de personas de la siguiente manera:

Por “trata de personas” se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. (Fuente: https://www.mimp.gob.pe/files/direcciones/dgcvg/mimp-marco-conceptual-violencia-basada-en-genero.pdf)

Raúl Allain. Escritor, sociólogo y analista político. Consultor Internacional en Derechos Humanos para la Asociación de Víctimas de Acoso Organizado y Tortura Electrónica (VIACTEC).

8 de enero de 2022

Perú: La otra pandemia

Jo-Marie Burt

La pandemia ha golpeado al Perú con especial dureza, siendo el país con la tasa de mortalidad por COVID más alta del mundo. Ante la gravedad de la situación, las autoridades han establecido un programa de vacunación exitoso. Más del 80% de la población ha recibido la vacuna, que junto con medidas como llevar mascarillas y el distanciamiento social, es la única herramienta para combatir el COVID.

Para las mujeres peruanas existe otra pandemia invisible: la violencia de género.

En los primeros minutos del año nuevo, se reportó el primer feminicidio: un hombre asesinó a puñaladas a su pareja, una joven de 17 años, en Huancavelica.

El feminicidio es el acto de asesinar a una mujer por su condición de tal. Puede ser relacionado a violencia familiar, violencia sexual, hostigamiento, acoso sexual u otros hechos en cuya base está la discriminación de género. En 2021, la Defensoría del Pueblo registró 132 feminicidios, 204 intentos de feminicidios y 54 muertes violentas de mujeres en el país.

La violencia de género empeoró y se hizo más evidente con la pandemia. Durante 2020, el número de casos de violencia contra la mujer denunciados se duplicó en relación al año anterior: 235.000 agresiones. El confinamiento obligatorio, medida necesaria para enfrentar la crisis sanitaria, generó un aumento en la violencia contra las peruanas. Muchas mujeres no tuvieron opción alguna y acabaron encerradas con sus agresores, lo que imposibilitó salir a denunciar y buscar ayuda. También hubo un incremento alarmante en el número de mujeres, incluso niñas y adolescentes, reportadas como desaparecidas en el 2021: 16 por día durante el primer semestre.

Gracias a la presión de la sociedad civil, especialmente las organizaciones feministas, el Perú ha desarrollado un marco legal para combatir el feminicidio y la violencia de género. Se estableció el feminicidio como un delito autónomo en el 2013. En el 2016 se promulgó una ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género. En el 2018 se creó un sistema especializado de justicia para sancionar la violencia de género.

Pero aun así, la violencia contra las niñas y las mujeres sigue en aumento. Es la otra pandemia que no se visibiliza o, peor aún, se convierte en espectáculo.

Es necesario fortalecer el marco legal para combatir la violencia de género y el feminicidio. Pero la solución a la pandemia de la violencia de género no puede ser solo legal. La tolerancia social de la violencia de género es una de sus principales razones de ser. Eso se combate con educación con enfoque de género, que es la única forma de atacar la raíz del problema: el machismo que mata.

Jo-Marie Burt. Doctora en ciencia política por Columbia University. Profesora en George Mason University y Asesora Principal de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), investiga sobre violencia política, autoritarismo, derechos humanos, y justicia transicional en América Latina. Síguela en Twitter @jomaburt.